Anexo 21 y 22

Que lo que mide
y lo que reporta coincidan

Certificado de cumplimiento de las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos con que se llevan los controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos. Lo exige el SAT por los anexos 21 y 22 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Trámite
Certificado de cumplimiento
Referencia
Anexos 21 y 22 de la RMF
Alcance
Sistemas de medición · Sistemas informáticos
Instalación
Terminales · Transporte o distribución · Estaciones de servicio · Enajenación
Autoridad
SAT
Lo primero

Qué se certifica en los controles volumétricos, y por qué son dos cosas

No se certifica «el sistema» en abstracto. Se certifican dos piezas que tienen que estar de acuerdo: lo que mide y lo que reporta.

Las dos mitades

  • Sistemas de medición: los medidores de tanques y de dispensarios o puntos de entrada y salida
  • Sistemas informáticos: el programa que recoge esas mediciones y genera los reportes
  • Y lo que de verdad se comprueba: que lo medido y lo reportado cuadren

Aplica según la instalación: terminales de almacenamiento y áreas para usos propios, transporte o distribución, estaciones de servicio y enajenación.

Sala de control desde donde se consultan los controles volumétricos del Anexo 21 y 22
Buena parte de la verificación de controles volumétricos no ocurre junto al tanque, sino frente a la consulta del sistema.
Antes de la visita

Qué conviene tener listo para la verificación de controles volumétricos

Ésta es la visita en la que más se pierde tiempo por una razón tonta: que nadie tenga a mano la contraseña para consultar el sistema.

El sistema y los equipos

  • El sistema encendido y con usuario y contraseña de consulta a la mano
  • Certificados vigentes de los medidores y del programa informático
  • Reportes de existencias, recepciones y entregas de los últimos periodos
  • Conectividad comprobada entre los medidores y el equipo de cómputo
  • Acceso a dispensarios, bocas de tanque y cuarto de control

Durante la visita

Se coteja lo medido físicamente contra lo que reporta el sistema, así que hace falta alguien que sepa consultar los reportes. También las bitácoras de calibración y mantenimiento de los equipos de medición.

Y lo de siempre para el expediente: permiso vigente, constancia de situación fiscal, acta constitutiva, poder del representante e identificación de quien atiende.

Qué se contrata

Los dos alcances de los controles volumétricos

Se pueden contratar por separado, pero rara vez tiene sentido: el certificado sirve cuando las dos mitades están de acuerdo.

01

Sistemas de medición

Los medidores instalados en tanques y en los puntos de entrada y salida: que existan, que estén certificados y que midan lo que dicen.

02

Sistemas informáticos

El programa que recoge la medición y genera los reportes que el SAT pide: que los produzca, y que cuadren con la realidad física.

Sobre los controles volumétricos

¿Necesito los dos alcances o puedo contratar sólo uno?

Se pueden contratar por separado, pero rara vez tiene sentido: los controles volumétricos se certifican cuando lo que miden los equipos y lo que reportan los programas informáticos están de acuerdo. Certificar sólo una mitad deja fuera justo lo que se comprueba.

¿Qué pasa si el sistema está apagado el día de la visita?

Que la visita se queda a medias y hay que repetirla. Es el motivo más común de retraso en esta verificación, y se evita con dos cosas: el sistema encendido y alguien con la contraseña de consulta a la mano.

¿Esto sustituye la calibración de mis medidores?

No. La certificación de controles volumétricos verifica que los equipos y programas cumplen las especificaciones del Anexo 21 y 22 y que sus reportes cuadran; las bitácoras de calibración y mantenimiento son parte de lo que se revisa, no algo que este certificado reemplace.

A una estación de servicio los controles volumétricos le llegan junto con la NOM-005-ASEA-2016 y la NOM-016-CRE-2016, y se resuelve en la misma visita. El proceso está en la portada.

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