NOM-016-CRE-2016

La calidad del combustible
que despacha

Dictamen de cumplimiento de las especificaciones de calidad de los petrolíferos. La norma obliga a que todos los proveedores ofrezcan la misma calidad, y por eso se comprueba en el punto donde el producto cambia de manos. La aprueba la CRE.

Norma
NOM-016-CRE-2016
Trámite
Dictamen de cumplimiento
Alcances
Seis, por tipo de instalación
A quién aplica
Toda la cadena de petrolíferos
Autoridad
CRE
Lo primero

¿En qué punto de la cadena está usted?

Las demás normas preguntan qué tiene construido. Ésta pregunta otra cosa: en qué momento del recorrido del combustible interviene usted. De ahí sale el alcance.

Le aplica si su actividad es

  • Expendio al público: una estación de servicio que despacha gasolina o diésel
  • Almacenamiento o distribución de petrolíferos
  • Transporte del producto entre instalaciones
  • Producción o importación

En una estación de servicio casi nunca va sola: se resuelve en la misma visita que la NOM-005-ASEA-2016 y el Anexo 21 y 22.

Muestra de combustible en el laboratorio durante la verificación de calidad de la NOM-016-CRE-2016
La verificación no termina en la instalación: se toma muestra y el resultado del laboratorio es parte del expediente.
Antes de la visita

Qué conviene tener listo para la inspección NOM-016-CRE-2016

Aquí hay algo que las demás normas no tienen: se toma muestra del producto. Eso cambia lo que hay que preparar.

En la estación

  • Rotulación de producto por manguera y dispensario legible y correcta
  • Acceso libre a las bocas de los tanques para la toma de muestras
  • Islas y dispensarios despejados para maniobrar
  • Certificados de calidad de los últimos lotes recibidos y remisiones del proveedor
  • Bitácora de recepción de producto disponible

Durante el muestreo

El encargado debe presenciar la extracción y el sellado de cada muestra. No es una formalidad: es lo que hace que el resultado del laboratorio sea oponible, porque consta quién estuvo y qué se selló.

Y lo de siempre para el expediente: permiso vigente, constancia de situación fiscal, acta constitutiva, poder del representante e identificación de quien atiende.

Qué se contrata

Los seis alcances de la NOM-016-CRE-2016

Son los que marca la orden de servicio. Se contrata el que corresponde a su actividad; quien hace varias, contrata varias.

01

Expendio al público

La estación de servicio. Se verifica la calidad de lo que se despacha en cada dispensario.

02

Almacenamiento

Terminales y áreas de almacenamiento. La calidad del producto en existencia.

03

Distribución

El producto que se entrega a terceros.

04

Transporte

El petrolífero en movimiento entre instalaciones.

05

Producción

El punto de origen del producto.

06

Importación

El producto que entra al país.

Sobre la muestra, que es lo que más se pregunta

¿Se llevan mi combustible?

Se toma la muestra que exige el método, ni más ni menos, y se hace delante del encargado: se extrae, se sella y se etiqueta a la vista. Que usted lo presencie no es cortesía, es lo que hace que el resultado sea oponible, porque consta quién estuvo y qué se selló.

¿De dónde se toma, del tanque o del dispensario?

De donde lo indique el inspector según el alcance que se esté verificando. Por eso hace falta acceso libre a las bocas de tanque además de a los dispensarios: si una de las dos está bloqueada, la visita se queda a medias.

¿Cuándo tengo el resultado de la NOM-016-CRE-2016?

El resultado del laboratorio se integra al expediente con la evidencia del muestreo, y se le entrega con el detalle de lo que se midió. La cotización de la NOM-016-CRE-2016 sale en menos de 24 horas hábiles; el análisis tiene sus propios tiempos y se los decimos por escrito antes de empezar.

Si no tiene claro cuál de los seis alcances de la NOM-016-CRE-2016 le corresponde, descríbanos su actividad: identificar el alcance es parte de nuestro trabajo. El proceso y lo que recibe al final están en la página de servicios.

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